Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.191
LIBRO PRIMERO
- DE LAS PERSONAS
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SECCION SEGUNDA
DE LOS DERECHOS EN LAS RELACIONES DE FAMILIA
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TITULO I
- Del matrimonio
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CAPITULO VI
- De la celebración del matrimonio
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ARTICULO 191 .- La celebración del matrimonio se consignará en un acta que deberá contener:
1° La fecha en que el acto tiene lugar;
2° El nombre y apellido, edad, número de documento de identidad si lo tuvieren, nacionalidad, profesión, domicilio, lugar de nacimiento de los comparecientes.
3° El nombre y apellido, número de documento de identidad, nacionalidad, profesión y domicilio de sus respectivos padres si fueren conocidos.
4° El nombre y apellido del cónyuge anterior, cuando alguno de los cónyuges haya estado ya casado.
5° El asentimiento de los padres o tutores o el supletorio del juez en los casos en que es requerido.
6° La mención de si hubo oposición y de su rechazo;
7° La declaración de los contrayentes de que se toman por esposos, y la hecha por el oficial público de que quedan unidos en nombre de la ley;
8° El nombre y apellido, edad, número de documento de identidad si lo tuvieren, estado de familia, profesión y domicilio de los testigos del acto.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 23.515 B.O. 12/6/1987.)
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Ver articulos: 188 - 189 - 190 - 191 - 192 - 193 - 194 -
El articulo-191, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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