menu

Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.1239

LIBRO II - DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES >>

SECCION TERCERA DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS >>

TITULO II - De la sociedad conyugal >>

CAPITULO II - De las donaciones a la mujer >


ARTICULO 1239 .- En cuanto a las donaciones hechas al cónyuge de buena o mala fe, anulado el matrimonio putativo, se estará a lo dispuesto en los artículos 222, inciso 2° y 223, inciso 2°.

(Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 23.515 B.O. 12/6/1987.)
Ver Comentario de Velez del Art.1239

Ver articulos: 1236 - 1237 - 1238 - 1239 - 1240 - 1241 - 1242 -



El articulo-1239, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 0 (0 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario