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Código Civil de Venezuela >>

LIBRO SEGUNDO - DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES >>

TÍTULO III - DE LAS LIMITACIONES DE LA PROPIEDAD >>

Capí­tulo II - De las Limitaciones Legales a la Propiedad Predial y de las Servidumbres Prediales >

Sección IV - Del modo de Extinguirse las Limitaciones Legales de la Propiedad y las Servidumbres >>


ARTICULO 757 .- La suspensión o interrupción de la prescripción en favor de uno de los copropietarios, aprovecha igualmente a los demás.


Ver articulos: 754 - 755 - 756 - 757 - 758 - 759 - 760 -

Artículo actualizado vigente de Republica de Venezuela
Fuente de información: Codigo_Civil_Venezuela.pdf

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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