Inicio >> Art.955 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO I
- Obligaciones en general
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CAPITULO 5
- Otros modos de extinción
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SECCION 6ª
Imposibilidad de cumplimiento
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ARTICULO 955.-Definición. La imposibilidad sobrevenida, objetiva, absoluta y definitiva de la prestación, producida por caso fortuito o fuerza mayor, extingue la obligación, sin responsabilidad. Si la imposibilidad sobreviene debido a causas imputables al deudor, la obligación modifica su objeto y se convierte en la de pagar una indemnización de los daños causados.
Art.955 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.955
Ver articulos:
Art. 952 [Efectos]
Art. 953 [Pago parcial del fiador]
Art. 954 [Entrega de la cosa dada en prenda]
Art. 955 [Definición]
Art. 956 [Imposibilidad temporaria]
Art. 957 [Definición]
Art. 958 [Libertad de contratación]
El articulo-955, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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