menu

Inicio >> Art.716 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA >>

TITULO VIII - Procesos de familia >>

CAPITULO 3 - Reglas de competencia >

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 716.-Procesos relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes. En los procesos referidos a responsabilidad parental, guarda, cuidado, régimen de comunicación, alimentos, adopción y otros que deciden en forma principal o que modifican lo resuelto en otra jurisdicción del territorio nacional sobre derechos de niños, niñas y adolescentes, es competente el juez del lugar donde la persona menor de edad tiene su centro de vida. Art.716 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.716

Ver articulos:
Art. 713 [Inherencia personal]
Art. 714 [Caducidad de la acción de nulidad del matrimonio por la muerte de uno de los cónyuges]
Art. 715 [Sentencia de nulidad]
Art. 716 [Procesos relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes]
Art. 717 [Procesos de divorcio y nulidad del matrimonio]
Art. 718 [Uniones convivenciales]
Art. 719 [Alimentos y pensiones compensatorias entre cónyuges o convivientes]



El articulo-716, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 3 (8 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario