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LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA >>

TITULO VII - Responsabilidad parental >>

CAPITULO 1 - Principios generales de la responsabilidad parental >

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ARTICULO 638.-Responsabilidad parental. Concepto. La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado. Art.638 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.638

Ver articulos:
Art. 635 [Nulidad relativa]
Art. 636 [Normas supletorias]
Art. 637 [Inscripción]
Art. 638 [Responsabilidad parental]
Art. 639 [Principios generales]
Art. 640 [Figuras legales derivadas de la responsabilidad parental]
Art. 641 [Ejercicio de la responsabilidad parental]



El articulo-638, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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