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Inicio >> Art.2545 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO SEXTO - DISPOSICIONES COMUNES >>

TITULO I - Prescripción y caducidad >>

CAPITULO 1 - Disposiciones comunes a la prescripción liberatoria y adquisitiva >

SECCION 3ª Interrupción de la prescripción >>

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ARTICULO 2545.-Interrupción por reconocimiento. El curso de la prescripción se interrumpe por el reconocimiento que el deudor o poseedor efectúa del derecho de aquel contra quien prescribe. Art.2545 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2545

Ver articulos:
Art. 2542 [Suspensión por pedido de mediación]
Art. 2543 [Casos especiales]
Art. 2544 [Efectos]
Art. 2545 [Interrupción por reconocimiento]
Art. 2546 [Interrupción por petición judicial]
Art. 2547 [Duración de los efectos]
Art. 2548 [Interrupción por solicitud de arbitraje]



El articulo-2545, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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