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 LIBRO SEXTO
- DISPOSICIONES COMUNES
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 TITULO I
- Prescripción y caducidad
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 CAPITULO 1
 - Disposiciones comunes a la prescripción liberatoria y adquisitiva
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 SECCION 2ª
 Suspensión de la prescripción
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  ARTICULO 2541.-Suspensión por interpelación fehaciente. El curso de la prescripción se suspende, por una sola vez, por la interpelación fehaciente hecha por el titular del derecho contra el deudor o el poseedor. Esta suspensión sólo tiene efecto durante seis meses o el plazo menor que corresponda a la prescripción de la acción.
   Art.2541 Comentado  ( con jurisprudencia y doctrina) ... 
   Fallos judiciales del  Art.2541   
 
Ver articulos: 
  Art. 2538 [Pago espontáneo] 
  Art. 2539 [Efectos] 
  Art. 2540 [Alcance subjetivo] 
 Art. 2541 [Suspensión por interpelación fehaciente] 
  Art. 2542 [Suspensión por pedido de mediación] 
  Art. 2543 [Casos especiales] 
  Art. 2544 [Efectos] 
El articulo-2541, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
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