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LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

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ARTICULO 1849.-Régimen. Es título valor nominativo no endosable el emitido a favor de una persona determinada, y cuya transmisión produce efectos respecto al emisor y a terceros al inscribirse en el respectivo registro. Art.1849 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1849

Ver articulos:
Art. 1846 [Responsabilidad]
Art. 1847 [Régimen]
Art. 1848 [Reglas aplicables]
Art. 1849 [Régimen]
Art. 1850 [Régimen]
Art. 1851 [Comprobantes de saldos]
Art. 1852 [Ambito de aplicación]



El articulo-1849, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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