Ley Contrato de Trabajo Argentina >> Continuar leyendo >> Código Civil y Comercial ( con jurisprudencia y doctrina) ...
- LEY DE CONTRATO DE TRABAJO.
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TITULO V
- De las Vacaciones y otras Licencias
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CAPITULO III
- Disposiciones comunes
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ARTICULO 162 .- .Compensación en dinero. Prohibición.
Las vacaciones previstas en este título no son compensables en dinero, salvo lo dispuesto en el artículo 156 de esta ley.
Ver articulos: 159 - 160 - 161 - 162 - 163 - 164 - 165 -
Artículo actualizado vigente de Argentina
Fuente de información: Ley Contrato de Trabajo Argentina
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