menu

Codigo Procesal Penal Cordoba >>

LIBRO SEGUNDO - Investigación Penal Preparatoria >>

TÍTULO 1 - Procedimiento >>

CAPÍTULO 4 - Investigación Fiscal >


ARTICULO 335 .-PROPOSICION DE DILIGENCIAS . Las partes podrán proponer diligencias, las que serán practicadas salvo que el Fiscal no las considere pertinentes y útiles; si las rechazara, podrán ocurrir ante el Juez de Instrucción en el término de tres dí­as. El Juez resolverá en igual plazo. La denegatoria será apelable.


Ver articulos: 332 - 333 - 334 - 335 - 336 - 337 - 338 -

Artículo actualizado vigente de Provincia de Cordoba
Fuente de información: Codigo procesal Penal de Cordoba

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 0 (0 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario