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Codigo Procesal Penal Cordoba >>

LIBRO SEGUNDO - Investigación Penal Preparatoria >>

TÍTULO 1 - Procedimiento >>

CAPÍTULO 1 - Disposiciones generales >


ARTICULO 303 .-OBJETO. La investigación penal tendrá por objeto:
1) Comprobar si existe un hecho delictuoso, mediante todas las diligencias conducentes al descubrimiento de la verdad.
2) Establecer las circunstancias que califiquen el hecho, lo agraven, atenúen o justifiquen, o influyan en la punibilidad.
3) Individualizar a sus autores, cómplices e instigadores.
4) Verificar la edad, educación, costumbres, condiciones de vida, medios de subsistencia y antecedentes del imputado; el estado y desarrollo de sus facultades mentales, las condiciones en que actuó, los motivos que hubieran podido determinarlo a delinquir y las demás circunstancias que revelen su mayor o menor peligrosidad.
5) Comprobar la extensión del daño causado por el delito, aunque no se hubiera ejercido la acción resarcitoria.


Ver articulos: 300 - 301 - 302 - 303 - 304 - 305 - 306 -

Artículo actualizado vigente de Provincia de Cordoba
Fuente de información: Codigo procesal Penal de Cordoba

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