Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3256
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO XVI
- Del anticresis
>>
ARTICULO 3256 .- El acreedor que tiene hipoteca establecida sobre el inmueble recibido en anticresis, puede usar de su derecho como si no fuera acreedor anticresista.
Ver Comentario de Velez del Art.3256
Ver articulos: 3253 - 3254 - 3255 - 3256 - 3257 - 3258 - 3259 -
El articulo-3256, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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