Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.1268
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
>>
SECCION TERCERA
DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS
>>
TITULO II
- De la sociedad conyugal
>>
CAPITULO IV
- Principio de la sociedad, capital de los cónyuges y haber de la sociedad
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ARTICULO 1268 .- Tampoco le pertenecen los bienes que antes de la sociedad poseía alguno de los cónyuges por un título vicioso, pero cuyo vicio se hubiese purgado durante la sociedad, por cualquier remedio legal.
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Ver articulos: 1265 - 1266 - 1267 - 1268 - 1269 - 1270 - 1271 -
El articulo-1268, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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