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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.1173

LIBRO II - DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES >>

SECCION TERCERA DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS >>

TITULO I - De los contratos en general >>

CAPITULO III - Del objeto de los contratos >


ARTICULO 1173 .- Cuando las cosas futuras fuesen objeto de los contratos, la promesa de entregarlos está subordinada al hecho, "si llegase a existir", salvo si los contratos fuesen aleatorios.
Ver Comentario de Velez del Art.1173

Ver articulos: 1170 - 1171 - 1172 - 1173 - 1174 - 1175 - 1176 -



El articulo-1173, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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