menu

Código Civil de Paraguay >>

LIBRO TERCERO - DE LOS CONTRATOS Y DE OTRAS FUENTES DE OBLIGACIONES >>

TITULO I - DE LOS CONTRATOS EN GENERAL >>

CAPITULO I - DE LAS DISPOSICIONES COMUNES >


ARTICULO 673 .-Son requisitos esenciales del contrato.
a) el consentimiento o acuerdo de las partes; b) el objeto; y c) la forma, cuando fuere prescripta por la ley bajo pena de nulidad.


Ver articulos: 670 - 671 - 672 - 673 - 674 - 675 - 676 -

Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 3 (8 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario