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Inicio >> Art.333 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO IV - Hechos y actos jurí­dicos >>

CAPITULO 6 - Vicios de los actos jurí­dicos >

SECCION 2ª Simulación >>

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ARTICULO 333.-Caracterización. La simulación tiene lugar cuando se encubre el carácter jurídico de un acto bajo la apariencia de otro, o cuando el acto contiene cláusulas que no son sinceras, o fechas que no son verdaderas, o cuando por él se constituyen o transmiten derechos a personas interpuestas, que no son aquellas para quienes en realidad se constituyen o transmiten. Art.333 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.333

Ver articulos:
Art. 330 [Eficacia probatoria]
Art. 331 [Investigaciones]
Art. 332 [Lesión]
Art. 333 [Caracterización]
Art. 334 [Simulación lícita e ilícita]
Art. 335 [Acción entre las partes]
Art. 336 [Acción de terceros]



El articulo-333, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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