Inicio >> Art.2552 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO SEXTO
- DISPOSICIONES COMUNES
>>
TITULO I
- Prescripción y caducidad
>>
CAPITULO 1
- Disposiciones comunes a la prescripción liberatoria y adquisitiva
>
SECCION 5ª
Disposiciones procesales relativas a la prescripción
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 2552.-Facultades judiciales. El juez no puede declarar de oficio la prescripción.
Art.2552 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2552
Ver articulos:
Art. 2549 [Alcance subjetivo]
Art. 2550 [Requisitos]
Art. 2551 [Vías procesales]
Art. 2552 [Facultades judiciales]
Art. 2553 [Oportunidad procesal para oponerla]
Art. 2554 [Regla general]
Art. 2555 [Rendición de cuentas]
El articulo-2552, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario