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Inicio >> Art.241 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO III - Bienes >>

CAPITULO 1 - Bienes con relación a las personas y los derechos de incidencia colectiva >

SECCION 3ª Bienes con relación a los derechos de incidencia colectiva >>

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ARTICULO 241.-Jurisdicción. Cualquiera sea la jurisdicción en que se ejerzan los derechos, debe respetarse la normativa sobre presupuestos mínimos que resulte aplicable. Art.241 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.241

Ver articulos:
Art. 238 [Bienes de los particulares]
Art. 239 [Aguas de los particulares]
Art. 240 [Límites al ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes]
Art. 241 [Jurisdicción]
Art. 242 [Garantía común]
Art. 243 [Bienes afectados directamente a un servicio público]
Art. 244 [Afectación]



El articulo-241, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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