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SECCION VI REGIMENES ESPECIALES >>

Capí­tulo Octavo - Régimen de enví­os postales > << Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 555 .- – Salvo disposición especial en contrario, los envíos postales que carecieren de finalidad comercial no están sujetos a las prohibiciones de carácter económico.


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Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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