Codigo Aduanero >>
SECCION XIV
PROCEDIMIENTOS
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TITULO II
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
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Capítulo Quinto
- Procedimiento de ejecución
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ARTICULO 1128 .- – El diligenciamiento de las cédulas de notificación y de los mandamientos estará a cargo de agentes del servicio aduanero, cuando éste así lo solicitare.
Ver articulos: 1125 - 1126 - 1127 - 1127 bis - 1128 - 1129 - 1130 - 1131 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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