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- LEY DE CONTRATO DE TRABAJO. >>

TITULO II - Del Contrato de Trabajo en General >>

CAPITULO VI - De la forma y prueba del contrato de trabajo >


ARTICULO 53 .- .Omisión de formalidades.
Los jueces merituarán en función de las particulares circunstancias de cada caso los libros que carezcan de algunas de las formalidades prescriptas en el artículo 52 o que tengan algunos de los defectos allí consignados.


Ver articulos: 50 - 51 - 52 - 53 - 54 - 55 - 56 -

Artículo actualizado vigente de Argentina
Fuente de información: Ley Contrato de Trabajo Argentina

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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