Ley Contrato de Trabajo Argentina   >>    Continuar leyendo >> Código Civil y Comercial ( con jurisprudencia y doctrina)  ...   
 - LEY DE CONTRATO DE TRABAJO.
   >>  
 TITULO II
- Del Contrato de Trabajo en General
   >>  
 CAPITULO V
 - De la formación del contrato de trabajo
 >   
  ARTICULO 45 .- .Consentimiento. 
El consentimiento debe manifestarse por propuestas hechas por una de las partes del contrato de trabajo, dirigidas a la otra y aceptadas por ésta, se trate de ausentes o presentes. 
Ver articulos:   42  -  43  -  44  - 45   -  46  -  47  -  48  -
 Artículo actualizado  vigente de Argentina
 Fuente de información:  Ley Contrato de Trabajo Argentina  
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