Codigo Procesal Penal Cordoba   >>  
 LIBRO SEGUNDO
- Investigación Penal Preparatoria
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 TÍTULO 1
- Procedimiento
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 CAPÍTULO 4
 - Investigación Fiscal
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  ARTICULO 336 .- PRISION PREVENTIVA . En el término de diez días a contar desde la declaración del imputado, el Fiscal por decreto fundado y con arreglo a los requisitos del artículo 282, dispondrán la prisión preventiva, cuando concurran las causales del artículo 281. 
El imputado y su defensor podrán oponerse ante el Juez (338). La resolución de éste será apelable por el Fiscal y el imputado. 
Ver articulos:   333  -  334  -  335  - 336   -  337  -  338  -  339  -
 Artículo actualizado  vigente de Provincia de Cordoba
 Fuente de información:  Codigo procesal Penal de Cordoba  
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
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