Codigo Procesal Penal Cordoba   >>  
 LIBRO PRIMERO
- Disposiciones Generales
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 TÍTULO 6
- Actos procesales
   >>  
 CAPÍTULO 6
 - Notificaciones, citaciones y vistas
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  ARTICULO 177 .-- NOTIFICACION . Cuando no se encontrare a la persona a quien se deba correr vista, la resolución será notificada conforme al artículo 165. El término correrá desde el día hábil siguiente. 
Ver articulos:   174  -  175  -  176  - 177   -  178  -  179  -  180  -
 Artículo actualizado  vigente de Provincia de Cordoba
 Fuente de información:  Codigo procesal Penal de Cordoba  
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
• Fallos judiciales de compraventa 
 
 
•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
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