Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3686
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
SECCION PRIMERA
DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
>>
TITULO XII
- De las formas de los testamentos
>>
CAPITULO IV
- De los testamentos especiales
>
ARTICULO 3686 .- Son nulos los legados hechos en testamento marítimo a los oficiales del buque, si no fuesen parientes del testador.
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Ver articulos: 3683 - 3684 - 3685 - 3686 - 3687 - 3688 - 3689 -
El articulo-3686, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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