Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3281
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
SECCION PRIMERA
DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
>>
TITULO I
- De las sucesiones
>>
ARTICULO 3281 .- La sucesión a título universal es la que tiene por objeto un todo ideal, sin consideración a su contenido especial, ni a los objetos de esos derechos.
Ver Comentario de Velez del Art.3281
Ver articulos: 3278 - 3279 - 3280 - 3281 - 3282 - 3283 - 3284 -
El articulo-3281, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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