Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.1890
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
>>
SECCION TERCERA
DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS
>>
TITULO IX
- Del mandato
>>
CAPITULO I
- Del objeto del mandato
>
ARTICULO 1890 .- El mandato no da representación, ni se extiende a las disposiciones de última voluntad, ni a los actos entre vivos, cuyo ejercicio por mandatarios se prohibe en este código o en otras leyes.
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Ver articulos: 1887 - 1888 - 1889 - 1890 - 1891 - 1892 - 1893 -
El articulo-1890, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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