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Código Civil de Venezuela >>

LIBRO TERCERO - DE LAS MANERAS DE ADQUIRIR Y TRANSMITIR LA PROPIEDAD Y DEMÁS DERECHOS >>

TÍTULO V - DE LA VENTA >>

Capí­tulo VI - De la Resolución de la Venta >


ARTICULO 1537 .-- El término corre contra toda persona, aun menor, salvo el recurso contra quien haya lugar.


Ver articulos: 1534 - 1535 - 1536 - 1537 - 1538 - 1539 - 1540 -

Artículo actualizado vigente de Republica de Venezuela
Fuente de información: Codigo_Civil_Venezuela.pdf

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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