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Código Civil de Paraguay >>

LIBRO CUARTO - DE LOS DERECHOS REALES O SOBRE LAS COSAS >>

TITULO V - DEL CONDOMINIO >>

CAPITULO III - DE LA INDIVISION FORZOSA >


ARTICULO 2106 .-En el conflicto entre un tí­tulo que establezca la medianerí­a y los signos de no haberla, el tí­tulo es superior a los signos.


Ver articulos: 2103 - 2104 - 2105 - 2106 - 2107 - 2108 - 2109 -

Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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