Código Civil de Italia >>
LIBRO TERZO
- DELLA PROPRIETA'
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TITOLO VII
- DELLA COMUNIONE
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CAPO II
- Del condominio negli edifici
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ARTICOLO 1119 .-IndivisibilitÃ
Le parti comuni dell'edificio non sono soggette a divisione, a meno che la divisione possa farsi senza rendere più incomodo l'uso della cosa a ciascun condomino.
Ver articulos: 1116 - 1117 - 1118 - 1119 - 1120 - 1121 - 1122 -
Artículo actualizado vigente de Republica de Italia
Fuente de información: Codice_Civile_Italia.pdf
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