Codigo Aduanero   >>  
  SECCION VII
 AREAS QUE NO INTEGRAN EL TERRITORIO ADUANERO GENERAL
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 Capítulo Tercero
 - Area aduanera especial o territorio aduanero especial
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  ARTICULO 602 .- – La importación para consumo al área aduanera especial de mercadería procedente del territorio aduanero general y que fuere de libre circulación en el mismo está exenta del pago de los tributos que la gravaren y de la aplicación de prohibiciones de carácter económico, salvo del pago de las tasas retributivas de servicios.
Ver articulos:   599  -  600  -  601  - 602   -  603  -  604  -  605  -
 Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
 Fuente de información: infoleg.gob.ar/ 
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