Codigo Aduanero   >>  
  SECCION VI
 REGIMENES ESPECIALES
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 Capítulo Décimo
 - Régimen de reimportación de mercadería exportada para consumo
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  ARTICULO 571 .- – Cuando procediere la exención de tributos prevista en este Capítulo, la reimportación de mercadería queda asimismo exceptuada de la aplicación de prohibiciones de carácter económico a la importación.
Ver articulos:   568  -  569  -  570  - 571   -  572  -  573  -  574  -
 Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
 Fuente de información: infoleg.gob.ar/ 
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