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Codigo Aduanero >>

SECCION III IMPORTACION >>

TITULO I ARRIBO DE LA MERCADERIA >>

Capí­tulo Noveno - Recepción de la mercaderí­a arribada Depósito provisorio de importación > << Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 202 .- – El transportista o su agente que ingresare la mercadería en depósito provisorio de importación como así también el interesado podrán exigir del depositario una constancia escrita de la recepción.


Ver articulos: 199 - 200 - 201 - 202 - 203 - 204 - 205 -

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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