FORMOSA, 25 de ENERO de 1999.-VISTO: El sistema de pasantía notarial previsto por la Ley 1.219; y CONSIDERANDO: Que según el artículo 5º de la referida ley, el Poder Ejecutivo debe implementar un sistema de pasantía, cuya dirección estará a cargo de la Escribanía Mayor de Gobierno y consistirá en la capacitación técnico-profesional de los escribanos matriculados que pretendan acceder al ejercicio de funciones notariales; Que para su elaboración se ha tenido en cuenta la propuesta de la Escribanía Mayor de Gobierno, por lo que corresponde dictar, a los efectos de su implementación, el acto administrativo pertinente; Por ello y el dictamen favorable de la Asesoría Letrada General del poder Ejecutivo a fojas 5: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIADECRETA: ARTICULO 1º: Impleméntase el sistema de pasantía notarial, cuya dirección estará a cargo de la Escribanía Mayor de Gobierno, que como Anexo pasa a formar parte del presente Decreto. ARTICULO 2 º: Refrende el presente Decreto el Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Trabajo. ARTICULO 3º: Dese al Registro Provincial y Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y archívese. DECRETO Nº: 65Dr. GILDO INSFRAN GOBERNADOR Ing.Agr. MANUEL AUGUSTO RODRIGUEZ MINISTRO DE GOBIERNO,JUSTICIA Y TRABAJO
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