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Codigo Procesal Penal Cordoba >>

LIBRO QUINTO - Ejecución >>

TÍTULO 3 - Ejecución civil >>

CAPÍTULO 1 - Condenas pecuniarias >


ARTICULO 531 .-SANCIONES DISCIPLINARIAS . El Procurador del Tesoro ejecutará las penas pecuniarias de carácter disciplinario, a favor del Fisco, en la forma establecida por el artí­culo anterior.


Ver articulos: 528 - 529 - 530 - 531 - 532 - 533 - 534 -

Artículo actualizado vigente de Provincia de Cordoba
Fuente de información: Codigo procesal Penal de Cordoba

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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