Codigo Procesal Penal Cordoba >>
LIBRO TERCERO
- Juicios y procedimientos especiales
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TÍTULO 1
- Juicio común
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CAPÍTULO 2
- Debate
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Sección Primera
- Audiencias
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ARTICULO 376 .-POSTERGACION EXTRAORDINARIA . En caso de fuga del imputado, la Cámara ordenará la postergación del debate, y en cuanto sea detenido, fijará nueva audiencia.
Ver articulos: 373 - 374 - 375 - 376 - 377 - 378 - 379 -
Artículo actualizado vigente de Provincia de Cordoba
Fuente de información: Codigo procesal Penal de Cordoba
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