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Codigo Procesal Penal Cordoba >>

LIBRO PRIMERO - Disposiciones Generales >>

TÍTULO 7 - Coerción personal >>

CAPÍTULO 2 - Medidas de coerción >


ARTICULO 286 .-PRISION DOMICILIARIA . Las mujeres honestas y las personas mayores de 60 años o valetudinarias podrán cumplir la prisión preventiva en su domicilio, si se estimare que, en caso de condena, no se les impondrá una pena mayor de seis meses de prisión.


Ver articulos: 283 - 284 - 285 - 286 - 287 - 288 - 289 -

Artículo actualizado vigente de Provincia de Cordoba
Fuente de información: Codigo procesal Penal de Cordoba

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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