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TÍTULO 6 - Actos procesales >>

CAPÍTULO 3 - Actos y resoluciones jurisdiccionales >


ARTICULO 138 .-PODER COERCITIVO . En el ejercicio de sus funciones, el Tribunal podrá disponer la intervención de la fuerza pública y todas las medidas necesarias para el seguro y regular cumplimiento de los actos que ordene.


Ver articulos: 135 - 136 - 137 - 138 - 139 - 140 - 141 -

Artículo actualizado vigente de Provincia de Cordoba
Fuente de información: Codigo procesal Penal de Cordoba

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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