Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3971
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
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SECCION TERCERA
DE LA ADQUISICION Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Y PERSONALES POR EL TRANSCURSO DEL TIEMPO
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TITULO I
- De la prescripción de las cosas y de las acciones en general
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CAPITULO I
- De la suspensión de la prescripción
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ARTICULO 3971 .- Fuera de los casos de los artículos anteriores, la prescripción corre contra la mujer casada, no sólo en cuanto a los bienes cuya administración se ha reservado, sino también respecto a los bienes que han pasado a la administración de su marido.
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Ver articulos: 3968 - 3969 - 3970 - 3971 - 3972 - 3973 - 3974 -
El articulo-3971, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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