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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3911

LIBRO IV - DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES >>

SECCION SEGUNDA CONCURRENCIA DE LOS DERECHOS REALES Y PERSONALES CONTRA LOS BIENES DEL DEUDOR COMUN >>

TITULO I - De la preferencia de los créditos >>

CAPITULO III - Del orden de los privilegios sobre los bienes muebles >


ARTICULO 3911 .- Las sumas debidas por semillas o por gastos de la cosecha son preferidas al crédito del locador o arrendador de la heredad, sobre el precio de la cosecha.
Ver Comentario de Velez del Art.3911

Ver articulos: 3908 - 3909 - 3910 - 3911 - 3912 - 3913 - 3914 -



El articulo-3911, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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