Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3911
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
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SECCION SEGUNDA
CONCURRENCIA DE LOS DERECHOS REALES Y PERSONALES CONTRA LOS BIENES DEL DEUDOR COMUN
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TITULO I
- De la preferencia de los créditos
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CAPITULO III
- Del orden de los privilegios sobre los bienes muebles
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ARTICULO 3911 .- Las sumas debidas por semillas o por gastos de la cosecha son preferidas al crédito del locador o arrendador de la heredad, sobre el precio de la cosecha.
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Ver articulos: 3908 - 3909 - 3910 - 3911 - 3912 - 3913 - 3914 -
El articulo-3911, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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