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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3670

LIBRO IV - DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES >>

SECCION PRIMERA DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN >>

TITULO XII - De las formas de los testamentos >>

CAPITULO III - Del testamento cerrado >


ARTICULO 3670 .- El testamento cerrado que no pudiese valer como tal por falta de alguna de las solemnidades que debe tener, valdrá como testamento ológrafo, si estuviere todo él escrito y firmado por el testador.
Ver Comentario de Velez del Art.3670

Ver articulos: 3667 - 3668 - 3669 - 3670 - 3671 - 3672 - 3673 -



El articulo-3670, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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