Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.359
LIBRO PRIMERO
- DE LAS PERSONAS
>>
SECCION SEGUNDA
DE LOS DERECHOS EN LAS RELACIONES DE FAMILIA
>>
TITULO VI
- Del parentesco, sus grados; y de los derechos y obligaciones de los parientes
>>
CAPITULO I
- Del parentesco por consanguinidad
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ARTICULO 359 .- (Artículo derogado por art. 18 de la Ley N° 23.264 B.O. 23/10/1985.)
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Ver articulos: 356 - 357 - 358 - 359 - 360 - 361 - 362 -
El articulo-359, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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