Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3550
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
SECCION PRIMERA
DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
>>
TITULO VIII
- De las sucesiones intestadas
>>
CAPITULO I
- Del derecho de representación
>
ARTICULO 3550 .- El representante tiene su llamamiento a la sucesión, exclusivamente de la ley y no del representado.
Ver Comentario de Velez del Art.3550
Ver articulos: 3547 - 3548 - 3549 - 3550 - 3551 - 3552 - 3553 -
El articulo-3550, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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