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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3550

LIBRO IV - DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES >>

SECCION PRIMERA DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN >>

TITULO VIII - De las sucesiones intestadas >>

CAPITULO I - Del derecho de representación >


ARTICULO 3550 .- El representante tiene su llamamiento a la sucesión, exclusivamente de la ley y no del representado.
Ver Comentario de Velez del Art.3550

Ver articulos: 3547 - 3548 - 3549 - 3550 - 3551 - 3552 - 3553 -



El articulo-3550, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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