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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3191

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO XIV - De la hipoteca >>

CAPITULO VII - De la extinción de las hipotecas >


ARTICULO 3191 .- La hipoteca dada por el fiador subsiste, aun cuando la fianza se extinga por la confusión.
Ver Comentario de Velez del Art.3191

Ver articulos: 3188 - 3189 - 3190 - 3191 - 3192 - 3193 - 3194 -



El articulo-3191, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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