Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2832
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
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TITULO X
- Del usufructo
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CAPITULO I
- De la capacidad para establecer el usufructo y de las cosas sobre que puede establecerse
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ARTICULO 2832 .- Siendo fungible la cosa fructuaria, no tienen capacidad para constituir usufructo por contrato oneroso o gratuito los que no la tienen para prestar por mutuo.
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Ver articulos: 2829 - 2830 - 2831 - 2832 - 2833 - 2834 - 2835 -
El articulo-2832, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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