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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2800

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO IX - De las acciones reales >>

CAPITULO III - De la acción negatoria >


ARTICULO 2800 .- La acción negatoria es la que compete a los poseedores de inmuebles contra los que les impidiesen la libertad del ejercicio de los derechos reales, a fin de que esa libertad sea restablecida.
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Ver articulos: 2797 - 2798 - 2799 - 2800 - 2801 - 2802 - 2803 -



El articulo-2800, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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