Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2723
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
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TITULO VIII
- Del condominio
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CAPITULO III
- Del condominio de los muros, cercos y fosos
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ARTICULO 2723 .- Cada uno de los condóminos de una pared puede libertarse de contribuir a los gastos de conservación de la pared, renunciando a la medianería, con tal que la pared no haga parte de un edificio que le pertenezca, o que la reparación o reconstrucción no haya llegado a ser necesaria por un hecho suyo.
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Ver articulos: 2720 - 2721 - 2722 - 2723 - 2724 - 2725 - 2726 -
El articulo-2723, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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