Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2366
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO II
- De la posesión y de la tradición para adquirirla
>>
ARTICULO 2366 .- La violencia existe, bien sea que se ejecute por la persona o por sus agentes, o que se ejecute con su consentimiento, o que después de ejecutada, se ratifique expresa o tácitamente.
Ver Comentario de Velez del Art.2366
Ver articulos: 2363 - 2364 - 2365 - 2366 - 2367 - 2368 - 2369 -
El articulo-2366, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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