Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2099
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
>>
SECCION TERCERA
DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS
>>
TITULO XIII
- De la evicción
>>
ARTICULO 2099 .- Es nula toda convención que libre al enajenante de responder de la evicción, siempre que hubiere mala fe de parte suya.
Ver Comentario de Velez del Art.2099
Ver articulos: 2096 - 2097 - 2098 - 2099 - 2100 - 2101 - 2102 -
El articulo-2099, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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